Vernáculos

Honorable regidor Henry Vargas, reitero, los regidores si se aumentaron el sueldo

Amaury Ureña

Quien suscribe, estuvo presente en la sesión 02-2021 el pasado 26 de Febrero del año 2021 en la Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Municipal San Francisco de Jacagua. Ese día se trató como segundo punto de agenda ajustar a la ley 176-07 el salario de los vocales (regidores) de este distrito municipal, este punto había sido propuesto el pasado 23 de diciembre del 2020 por el regidor Freddy Rodríguez en la sesión extraordinaria 11-2020 por lo que fue enviado a comisión.

La propuesta fue aprobada el pasado viernes con el voto de los 5 regidores presentes. El punto se presentó de la siguiente manera: “hacer valer el artículo 89 de la ley 176-07 Parrafo 3, la cual establece que los regidores de los distritos municipales cobran el 40% de los regidores de los municipios cabecera” de ese modo lo leyó el secretario municipal Lic. César Fernández. El presidente de la Sala Capitular sometió el punto diciendo “los regidores de los distritos deben cobrar no más del 40% del salario que devengan los regidores del municipio cabecera.” De este modo, se sometió para su aprobación o rechazo y fue aprobado a unanimidad.

Ahora bien, ¿Qué dice textualmente el párrafo 3 del artículo 89 de la ley 176-07? Lo siguiente: Parrafo III.- Los miembros del concejo municipal no pueden recibir un salario mayor al del vice sindico/a. En los distritos municipales, los vocales no podrán recibir un salario mayor al 40% del salario que devengan los regidores del municipio correspondiente. En este párrafo, según puedo interpretar, dice que los regidores de los distritos municipales no pueden cobrar más de un 40% de lo que cobran los regidores del municipio correspondiente o cabecera. En el caso nuestro, significa que los regidores de este distrito no pueden cobrar más de RD$ 40,000.00 (actualmente un regidor de Santiago gana RD$ 100,000.00 mensuales) Ahora, yo pregunto ¿La ley 176-07 obliga a los regidores de los distritos municipales a llevar el sueldo al 40% de los regidores del municipio cabecera? La respuesta que doy a esa pregunta es no, esta ley limita a un 40% como tope salarial, no como obligación y esto quiere decir que si un regidor de un distrito municipal cobra 25%, 30% o 35% del salario del municipio cabecera no está fuera de la ley y por ende, no sería necesario “ajustar el salario a la ley” cuando que no está desajustado a ella.

Entonces, entiendo que el desmentido hecho por nuestro amigo Henry Vargas a la información del aumento salarial no desmiente lo planteado por este medio. En caso contrario yo le haría la siguiente pregunta ¿Los regidores van a cobrar más dinero a partir de ahora? En el caso que la respuesta sea afirmativa, no importa que el aumento sea de un peso, es un aumento. Matemáticamente, si usted cobra RD$ 34,500.00 mesualmente y en el siguiente mes usted recibe RD$ 40,000.00 a usted le aumentaron RD$ 5,500.00. Eso, usted lo puede llamar ajustarse o apegarse a la ley o como usted lo considere, pero lo que usted no puede negar es que matemáticamente es un aumento.

Es pertinente aclarar que esto lo escribí con el ánimo de reafirmar la información publicada por este medio.

El autor es el encargado de redacción del periodico digital Jacagua Express.

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