Luis Abinader ordena reabrir las iglesias
Redacción
Mediante el decreto No. 2-21 emitido por el Poder Ejecutivo, se dispone la apertura de las iglesias y otras denominaciones religiosas. Este decreto fue dado a conocer en la tarde de hoy en la página web de la Presidencia de la República.
Este decreto solo tiene 3 artículos y en el primero de ellos deroga el artículo 10 del decreto 740-20 del 30 de diciembre pasado, en el cual se disponía el cese de las actividades religiosas.
Artículos íntegros del decreto 2-21
ARTÍCULO 1. Se deroga el artículo 10 del Decreto núm. 740-20 del 30 de diciembre de 2020, que dispone el cese de actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas de todo tipo.
ARTÍCULO 2. Se permite la apertura y celebración de actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas, las cuales podrán realizarse tres veces a la semana, guardando los horarios establecidos para el toque de queda y acatando los protocolos generales y sectoriales vigentes contra la COVlD-19.
ARTÍCULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución.
Si desea descargar el decreto íntegro en PDF dele click al siguiente enlace: