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Luis Abinader ordena reabrir las iglesias

Redacción

Mediante el decreto No. 2-21 emitido por el Poder Ejecutivo, se dispone la apertura de las iglesias y otras denominaciones religiosas. Este decreto fue dado a conocer en la tarde de hoy en la página web de la Presidencia de la República.

Este decreto solo tiene 3 artículos y en el primero de ellos deroga el artículo 10 del decreto 740-20 del 30 de diciembre pasado, en el cual se disponía el cese de las actividades religiosas.

Artículos íntegros del decreto 2-21

ARTÍCULO 1. Se deroga el artículo 10 del Decreto núm. 740-20 del 30 de diciembre de 2020, que dispone el cese de actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas de todo tipo.


ARTÍCULO 2. Se permite la apertura y celebración de actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas, las cuales podrán realizarse tres veces a la semana, guardando los horarios establecidos para el toque de queda y acatando los protocolos generales y sectoriales vigentes contra la COVlD-19.

ARTÍCULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución.

Si desea descargar el decreto íntegro en PDF dele click al siguiente enlace:

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