Hoy se cumplen 176 de la primera Constitución dominicana
Hoy 6 de noviembre se celebra el día de la Constitución de la República Dominicana, en conmemoración del 6 de noviembre de 1844, día en que se promulgó la 1ra Constitución Dominicana en la ciudad de San Cristóbal.
La constitución es el conjunto de leyes fundamentales que establecen la forma de gobierno de un Estado y regulan la relación entre gobernantes y ciudadanos.
Vamos a conocer un poco sobre la Historia de la Constitución Dominicana.
Después de la proclamación de la Independencia Nacional la noche del 27 de febrero de 1844, la conducción del país estuvo a cargo de una Junta Gubernativa Provisional o Comité Insurreccional, cuyo presidente fue Francisco del Rosario Sánchez, sustituido luego por Tomás Bobadilla.
En julio de ese mismo año, el General Pedro Santana se adueñó de la Presidencia de la Junta Central Gubernativa y los miembros de esta se atribuyeron la calidad de Diputados.
El 24 de julio de 1844, la Junta Central Gubernativa dictó un decreto, a manera de Ley Electoral, convocando a los pueblos a elegir los miembros de la Asamblea Constituyente que debía redactar la nueva Constitución de la República.
La asamblea estaba compuesta por 22 diputados, en representación de las distintas regiones del país, quienes escogieron como Comité Redactor: a Manuel María Valencia, presidente; presbítero Antonio Gutiérrez, vicepresidente; como secretarios, a José María Caminero y Juan Luis Franco Bidó; como redactores, a Manuel María Valencia, Buenaventura Báez, Vicente Mancebo, presbítero Julián Aponte y presbítero Andrés Rozón.
¿Por qué la Asamblea se reunió en San Cristóbal? Pues, según la afirmación del cónsul francés Eustache Juchereau de Saint-Denys, a fin de que los diputados tuvieran “toda la libertad de opinión y de acción y de sustraerlos a la influencia perniciosa del espíritu de partido”.
Esta Constitución era liberal, por eso contaba con factores de la constitución de los Estados Unidos, la haitiana de 1843, francesas de 1799 y 1804, Cádiz (España), de 1812.
Redactada en esos términos, la Constitución limitaba las acciones del Poder Ejecutivo, lo que disgustó al caudillo Santana, que pedía poderes ilimitados “para enfrentar el asedio de los ejércitos haitianos”. A fin de complacer a Santana, los sectores más conservadores entraron en contacto con Tomás Bobadilla, cerebro de la Junta Central Gubernativa, y lograron introducir el famoso artículo 210, que daba al tirano poderes absolutos para dirigir el naciente Estado dominicano.
Art. 210. Durante la guerra actual y mientras no esté firmada la paz, el presidente de la República puede libremente organizar el ejército y armada, movilizar las guardias nacionales y tomar todas las medidas que crea oportunas para la defensa y seguridad de la nación, pudiendo en consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y decretos que convengan, sin estar sujeto a responsabilidad alguna.
Complacido Santana, la Constitución fue proclamada el 6 de noviembre de 1844. La República Dominicana ha modificado en 39 ocasiones su Carta Magna, 33 de ellas directamente relacionadas sobre el tema de la reelección.